¿Las grandes multinacionales no pagan impuestos?

Periódicamente salta la noticia que tal o cual multinacional (Google, Facebook, Amazon, Apple …) han sido multadas o están siendo investigadas por no pagar todos los impuestos que debieran en un determinado país. Y la noticia suele venir acompañada del dato del impuesto por los beneficios que estas empresas pagaron en dichos países, cifras realmente ridículas si consideramos su tamaño. Y nos preguntamos, un poco incrédulos: ¿es verdad que pagan tan poco?

La respuesta lleva muchos matices, pero resumiendo: sí, así es. En este artículo explicaré por qué lo hacen y cómo, así como la respuesta de de los países más industrializados a este fenómeno.

Lo que estamos viendo es una lucha a muy alto nivel entre grandes multinacionales y los países más desarrollados. Los diferentes Estados tienen un control bastante férreo de lo que hace cada empresa en su interior, sus movimientos de dinero y sus resultados contables. Pero esta supervisión se diluye mucho en las actividades de las compañías en el extranjero. Ahí ya no existe un control, digamos, físico. Se tiene menos información de los activos de dicha empresa en ese país, existe otro marco legal, la multinacional se rige por las leyes de ese país exterior y paga allí sus impuestos. Y a eso se añaden todas las barreras que la Hacienda del país de origen encuentra para este “control internacional”: otro idioma, otra cultura, un gobierno que protege las inversiones locales, etc.

Aprovechando todas estas circunstancias, las grandes multinacionales han hecho números y han emprendido la senda de la “maximización del rendimiento fiscal” para, de forma legal, pagar menos impuestos.

Lo primero que consideran es decidir en qué país les es más conveniente registrar sus beneficios. Es decir, si su beneficio total en todo el mundo es de 100 ¿dónde les favorece que aflore contablemente? Pues lógicamente en aquel país donde el impuesto que pagan las empresas (Impuesto de Sociedades en España o su equivalente en cada estado) sea menor.

Aquí entra en juego la llamada “competencia fiscal” entre las naciones. Para las empresas esto es una maravilla, porque hay países, como por ejemplo Irlanda, que ponen un tipo de impuesto de Sociedades muy bajo (12%) para atraer inversión. Eso les ha ayudado a tener grandes multinacionales como Apple instaladas allí. Por supuesto que una empresa no determina las grandes decisiones de dónde poner sus activos o dinero, sólo por el impuesto de sociedades. Otros factores son más importantes: seguridad jurídica, cualificación de la mano de obra, coste de los servicios varios en el país, etc. En el caso de Irlanda no sería justo decir que muchos fabricantes van allí porque tengan un impuesto para las empresas bajo, pues también ofrecen un país de habla inglesa, en la Unión Europea y con jóvenes ingenieros preparados. Pero qué duda cabe: el bajo nivel de impuestos también anima a instalarse allí.

El caso opuesto a Irlanda es USA, que, con el 35%, tiene uno de los tipos impositivos a las empresas más altos de los países desarrollados (para hacernos una idea, UK tiene el 20% y España el 25%). Probablemente Estados Unidos piensa que no necesita dar incentivos fiscales a las empresas para instalarse allí: ¿acaso no son el centro del mundo de los negocios? ¿qué más da pagar algo más si se está donde toda empresa quiere estar, en la cuna de las grandes multinacionales? Pero cada vez más a las grandes empresas norteamericanas sí que les importa estar en su país pagando considerablemente más que sus grandes competidores europeos. Consideran que si tienen un beneficio de 100, ellos pagan 35 de impuestos y de estar en UK pagarían 20. Cuando esta diferencia (casi el doble) hace referencia a muchos millones, la empresa vuelve a hacer números y a pensar alternativas. Por eso en los últimos años ha habido movimientos de grandes multinacionales americanas que han establecido su sede oficial en el extranjero. Es algo que preocupa a la Hacienda americana (la temida IRS), que trata de establecer barreras a este tipo de operaciones.

En el caso de los EE.UU también pesa contra sus sociedades otro aspecto importante: exige que las empresas paguen impuestos allí por los beneficios que obtengan en todo el mundo. Y establece que los beneficios logrados en el extranjero, cuando se repatríen a EE.UU han de pagar el 35% correspondiente, deduciendo, eso sí, el impuesto de Sociedades que hayan pagado en el país local. Así, por ejemplo, si Apple gana 500 millones en Irlanda y decide llevar ese dinero a USA, deberá pagar 500 x 23% (35% – 12%) = 115 millones. Esto escuece mucho a las empresas americanas, porque esta norma fiscal no es práctica habitual. En España, por ejemplo, si una empresa trae los beneficios de sus filiales, no debe pagar nada aquí si la filial ya pagó el impuesto local, aunque sea más bajo. ¿Cuál es la consecuencia de todo esto? Que muchas multinacionales americanas no repatrían sus beneficios a USA, los dejan en los países donde se realizaron. Se ha llegado a dar el caso de que Apple tenía que hacer un pago importante de dividendos a sus accionistas en Estados Unidos y, aunque tenía muchísimo dinero en el extranjero, prefirió pedir un crédito considerable en USA para realizar dicho pago. Uno podrá pensar lo que quiera de esta actitud, pero los dirigentes de Apple (que tuvieron que ir al Senado a explicar por qué una empresa americana con dinero a espuertas, para ahorrarse pagar impuestos, no trae a su país dinero que necesita) apelaron a la lógica financiera: nos debemos a nuestros accionistas y es mucho más barato pedir un préstamo aquí, que pagar el 23% del dinero que traemos de fuera.

Una vez que las multinacionales tienen claro dónde les conviene más tener sus beneficios ponen en marcha su maquinaria administrativa y legal para poder declarar legalmente que sus beneficios se realizan en dicho país. Para ello recurren a varios recursos:

  • Usar los precios de transferencia. Es decir, si tienen una fábrica en, por ejemplo, USA y venden a su filial en Irlanda, que a su vez vende a un cliente final, la fábrica intentará vender a su filial al precio más barato posible (dentro de la lógica del mercado) para así ganar poco dinero en USA. A su vez esto hará que la filial en Irlanda compre muy barato y luego, al vender al cliente final, gane mucho dinero. Añado que es obligatorio vender a precios de mercado, una empresa no puede decidir el importe al que vende a su filial arbitrariamente para mover beneficios donde quiera, pero comprobar que esto se cumple es complicado y, además, siempre hay un elemento subjetivo para valorar “el precio de mercado”. (Como ejemplo de esta cuestión, podemos ver esta noticia sobre Facebook.)
  • Los intangibles. A veces las empresas no venden productos físicos a sus filiales, sino intangibles como “derechos de marca” o similares. Esto hace que sea aún más difícil controlar el movimiento de beneficios. Después de todo, si se vende un coche, se puede calcular, puestos a ello, su coste total basado en los componentes, pero en cuestiones tan etéreas, como copyright, derecho de distribución o similares, el elemento subjetivo es mayor y la determinación del precio depende mucho de datos que sólo tiene la propia compañía.
  • Los gastos financieros son también una forma relativamente sencilla y directa de poner un gasto importante en un país que tenga tributación alta. Si un Grupo empresarial necesita pedir un préstamo, lo hace en dicho país y así es allí donde tiene los gastos financieros. Se puede incluso hacer que una empresa del Grupo (donde se tributa poco) dé un préstamo a otra con alta tributación, con el objetivo de tener peor resultado donde se paga más y mejor donde se paga menos.
  • Otra manera de pagar menos impuestos es llegar a un acuerdo con la Hacienda de un determinado estado. A cambio de invertir dinero allí, se negocian condiciones favorables. En teoría parecería perfectamente legal, pero en octubre 2015 la Comisión Europea consideró, en los casos de acuerdos entre Luxemburgo y Fiat por un lado y Holanda y Starbucks por otro, que al ser tan ventajosos equivalen a una ayuda a estas empresas, contraria a la libre competencia en la UE. Y con el mismo criterio, en agosto 2016 la Comisión Europea dictaminó que Irlanda debe exigir a Apple el pago de (ni más ni menos!) 13.000 millones de euros, por haber permitido la hacienda irlandesa que la multinacional americana tuviera una estructura fiscal en el país que le permitió ahorrarse ese importe en impuestos.
  • Usar los tratados que tienen la mayoría de los países para evitar la doble imposición, de la forma más ventajosa posible para pagar menos impuestos. Los Estados se quejan de que evitar la doble imposición es deseable, pero que ahora muchas veces hay una doble «no imposición»: es decir, que no se pagan impuestos ni en la filial ni en la matriz.

 

Llegados a este punto, uno entiende ya mejor que grandes Grupos paguen cantidades irrisorias en determinados países. Y surge la pregunta ¿cómo reaccionan los estados perjudicados? Pues hasta hace bien poco cada uno ha ido haciendo la guerra por su cuenta. Es normal, porque había intereses muy contrapuestos. A Irlanda por ejemplo, no le interesaba cambiar esta situación que le ha atraído muchísimos inversores. En el otro extremo, Estados Unidos ha sido de los que más recaudación ha perdido por estas prácticas y quien se ha mostrado más agresivo. Se daba una situación curiosa, porque había muchos países que deseaban cambiar estas prácticas pero tampoco nadie quería ponerse la etiqueta de ser un sitio donde no te dejan hacer negocios tranquilo. Corrían el riesgo de que si se mostraban muy duros, las empresas evitaran invertir allí. Pero finalmente, los países de la OCDE (que se suele definir como el club de los países ricos y que cuenta con 34 estados miembros) han decidido ir todos a una, porque realmente era la única forma de solucionarlo. Con ese objetivo, la OCDE presentó en octubre 2015 un informe con quince medidas que aconseja tomar a todos los países miembros para acabar con estas prácticas de elusión fiscal: son las famosas BEPS.

BEPS debe su nombre a sus iniciales en inglés: Base Eroding and Profit Shifting. Que traduciría libremente como “Erosión de la Base fiscal y Mover el Beneficio. O mejor aún como “se reduce el importe del beneficio fiscal y encima se mueve a donde más conviene”. Es un informe con una serie de recomendaciones a todos los países para lograr que las empresas paguen beneficios donde realmente se producen y no donde a ellas les conviene .Tuve la suerte de estar en Madrid en noviembre 2015 en un seminario organizado por Garrigues donde expertos de todo el mundo y representantes de la Hacienda española comentaron varias de las propuestas. Especialmente interesante me pareció la intervención de Raffaele Russo, un italiano lleno de vitalidad que es el responsable del proyecto BEPS de la OCDE. Detallo ahora algunas ideas de dicho informe:

– Para saber quién tiene el ingreso de una determinada operación, se debe valorar quién asume el riesgo de verdad. Es decir, no vale firmar un contrato entre una empresa del Grupo y su filial en un país de baja tributación y poner en él que de acuerdo con este contrato la responsabilidad de ingresos y gastos recaen sobre tal filial. Aunque ese documento cumpla todos los requisitos legales, si realmente la responsabilidad y el riesgo no está en ese país, Hacienda puede exigir que se considere que el beneficio está donde se asume el riesgo. Esta es una forma de luchar contra el uso de los intangibles y los precios de transferencia como una forma de mover ingresos a la carta.

– Se debe poner un límite a la deducibilidad de los gastos financieros. Por ejemplo, España ya ha incluido en su legislación esta recomendación. Así, ahora los gastos financieros no son deducibles fiscalmente ilimitadamente, sino sólo hasta un 30% del beneficio del ejercicio (aunque si el importe es menor de 1 millón euros son deducibles todos sin ningún límite).

Esta es una de las recomendaciones BEPS que los estados tienen más fácil de aplicar. En el seminario comentado más arriba alguien dijo “si un país no pone esta medida en su legislación fiscal, entonces apaga y vámonos, porque es claro que no está interesado en el proyecto”.

– Un Grupo empresarial, (si su facturación supera los 750 millones euros), debe dar a las Haciendas de los países donde opera un informe en el que les indica, país por país, una serie de datos: cuánto venden, qué activos tienen, cuánto ganan, cuántos impuestos pagan, número de empleados, activos fijos, etc. Para mi sorpresa, esta recomendación es una de las que más atención atrae y es, por lo visto, una de las que más preocupa a las empresas. Imagino que temen que cada Hacienda revise los datos y concluya: aquí pagan menos de lo que debieran, y actúen en consecuencia. El tiempo nos dirá si esta especie de “strip-tease” financiero ante las Agencias Tributarias tiene muchos efectos o no.

Me gustaría también añadir algo que las BEPS no incluyen, y que ha generado cierta decepción a algunos y alivio a otros: las BEPS no niegan que las transacciones entre empresas de un mismo Grupo puedan hacerse a precios de mercado y que su precio se deba aceptar a efectos fiscales. Es decir, que si una fábrica española vende un producto a su filial rusa por un precio de 50 y demuestra que en el mercado ese precio es normal, la empresa española puede declarar su beneficio basada en ese precio de venta y la filial rusa también considerará los 50 su precio de compra a efectos fiscales. Esto, que a todos nos parece normal (a mí al menos) es para muchos (y no solo las Agencias Tributarias) un «paripé». Y afirman que, mientras se siga dando a las empresas la oportunidad (que, por supuesto, no es total) de fijar precios aceptados fiscalmente para las operaciones dentro del Grupo, el movimiento interesado de beneficios continuará y todas las medidas tomadas servirán de bien poco. Aquí hay desde luego diversidad de opiniones, pero es un tema candente. Como dije, la OCDE sigue respetando esto por la tremenda dificultad que hubiera supuesto acabar con este modus operandi actual.

Otra puntualización importante: las BEPS son recomendaciones y ahora hay que ver si los estados realmente las introducen en su legislación. No olvidemos que aunque todos los países quieren incrementar su recaudación, también tienen el legítimo interés de atraer o mantener empresas e inversiones, por lo que no querrán ser los más duros en la implementación de estas medidas.

En fin, es un tema de gran importancia porque hay mucho dinero en juego y, como hay tantos intereses encontrados y también en muchos casos mentalidades y puntos de vista diferentes, resulta difícil para los países actuar de forma unida. Veremos cómo se desarrollan las recomendaciones BEPS, aunque parece claro que hasta ahora las grandes multinacionales tenían la sartén por el mango, pero cada vez les será más difícil reducir el pago de impuestos.

 

 

Fuentes principales:

«New rules, same old paradigm», artículo en The Economist 5th October 2015

«¿Hacienda somos todos?» de Francisco de la Torre Díaz